LA PROMO ELECTORAL VENCE EL 14 DE NOVIEMBRE

Si señoras y señores, las elecciones son una oportunidad con ofertas de ocasión que no pueden desperdiciarse, pero como toda promo tiene fecha de vencimiento, en este caso el 14/11/21.

No se trata de seguirle pegando a la política, pero la cercanía de las elecciones llevó casualmente a implementar créditos de tasa cero, que algunos mal intencionados llaman el Plan Urnas. La única restricción es la compra de dólares, porque muchos desconfiados incorregibles presumen que existe una inflación reprimida y creen que no tenemos moneda.

Otro avance de la promo, es que se reconoció la realidad de que no se conseguían trabajadores para levantar la cosecha porque no querían perder los planes sociales.

¿Qué estaba sucediendo? Por un lado el Estado quiere combatir la informalidad, por el otro falta mano de obra porque al contratarlos en blanco se produce la baja automática del beneficio. La consecuencia son cosechas perdidas para la yerba, cerezas, frutas de carozo, ajo, tabaco, vid, té, olivo y cítricos.

En síntesis, se ven afectadas las economías regionales que ocupan el setenta por ciento de la mano de obra rural. Otro dato no menor, es que en caso de trabajar en negro, se aplican al empleador las sanciones por empleo no registrado.

La solución es un avance parcial en el reconocimiento de una realidad, porque esta situación afecta en general a todos los desempleados y a los siete millones de trabajadores en negro que consecuentemente no aportan al Sistema de Seguridad Social.

Mientras tanto se multiplican los juicios por reajuste de haberes jubilatorios que afronta la ANSES, que si hay fallos claros en favor de los jubilados y las demandas tienen un final anunciado, como no tienen alcance el general de una ley y se aplican a cada caso particular requieren un proceso mínimo de cinco años. La alternativa es dilatar el proceso especulando con la muerte del demandante por su edad avanzada o modificar el sistema laboral para incorporar tres trabajadores activos por cada pasivo, como única manera de financiamiento.

Hasta la fecha no hay señales de una reforma laboral, ni tributaria y el debate político se ha concentrado en el cumpleaños de Fabiola y el mediático “petegate”

Me pregunto si no es el momento de aprovechar la Promo Electoral para intentar sustituir gradualmente el subsidio al desempleo por el subsidio al empleo.

Evidentemente el sistema de contratación rígida, el costo indemnizatorio y las cargas sociales no generan nuevos puestos de trabajo.

Si bien nuestro contexto no es el del Pacto de la Moncloa, con una España saliendo del franquismo y recuperando derechos democráticos y libertades sindicales elementales, la situación post pandemia requiere de medidas excepcionales.

Habilitar un sistema de contratación temporaria, con cargas sociales subsidiadas contribuiría a incorporar desempleados y blanquear a siete millones de trabajadores no registrados. Se puede agregar que muchos de ellos se desempeñan laboralmente en organismos del Estado figurando como monotributistas.

Por supuesto que este sistema no se debe aplicar a quienes gozan de derechos adquiridos por desempeñarse en planta permanente.

Ya que estamos en plena Promo, pidamos también que se impulse una reforma tributaria, que más allá de emparchar urgencias de caja, contemple una matriz productivista. Basta recordar que en Argentina existen 165 impuestos (información del IARAF – Instituto Argentino de Análisis Fiscal -)

Tenemos un sistema regresivo con Impuestos indirectos como el IVA de fácil recaudación que inciden de manera determinante sobre los productos de la canasta básica, generando una desigualdad distributiva que agrede a los sectores más vulnerables.

Más allá de las ideologías, hay un viejo reclamo de reforma tributaria con estabilidad, claridad y simplificación normativa y operativa.

Es obvio que seguir repitiendo la fórmula no va a cambiar la situación, por esa razón me permito recomendar que se proponga la reforma laboral e impositiva y no sigamos luchando contra la ley de gravedad. Es nuestra oportunidad: la promo vence el 14 de noviembre.

ALFREDO BELASIO

Abogado Tributarista

“Autor de Multas y Clausura. Ley Penal Tributaria Comentada” Ediciones Universidad 2008.

“Ley Penal Tributaria después de la Reforma de la ley 27430” Ediciones Buyatti 2018

En Doctrina Tributaria de Errepar: «Proveedores apócrífos y economía informal” en el N° 369 de diciembre 2010 y «Responsabilidad profesional y penal del Contador Público» en enero 2012 T°/Boletín XXXIII.

En Doctrina Penal Errepar N° 16 de Septiembre 2010: «Ley Penal más benigna y normas penales en blanco».

“La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires Comentada” Ulpiano Ediciones 1998

“Instituciones del convenio Colectivo de Trabajo” Organización Mora Libros, 1989  

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